Conoce más sobre los derechos de los niños y niñas
junio 29 2023

Conoce más sobre los derechos de los niños y niñas

Nos reunimos con María Inés Cuadros, Consultora de Desarrollo y Protección de la Niñez, quien nos contó qué son los derechos de la niñez y por qué son importantes los derechos de niñas y niños. Sigue leyendo sobre este importante tema aquí. 

 

¿Qué es la Convención Internacional sobre los Derechos del niño? 

María Inés Cuadros nos cuenta que el 20 de noviembre de 1989 se aprobó en el seno de las Naciones Unidas, la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño, la cual entró en vigor el 2 de septiembre de 1990, después de haber sido ratificada por 20 Estados parte de las Naciones Unidas. Así mismo, para principios del año 2000 la Convención había sido ratificada por 192 Estados, y para 2015 se había ratificado por 197 Estados faltando solo uno, y estando cercano el tiempo en que podrá considerarse Primera Ley Universal.  

Hay que resaltar que la Convención reconoce la dignidad del Niño como persona, y los derechos iguales e inalienables de todos los niños y niñas, sin distinción de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición. Consecuentemente, el cumplimiento de sus derechos se hace obligatorio y jurídicamente exigible.  

Niñas y niños como sujetos de derechos 

Igualmente, su espíritu transforma a la niña y niño de objeto de una protección especial, en sujeto de una amplia gama de derechos y libertades. Es un instrumento de derechos humanos, cuyo carácter de convención de derecho le da poder vinculante y lo convierte de obligatorio cumplimiento para los Estados ratificantes. Es el principal instrumento en materia de derechos de la niñez.  

Además, María Inés Cuadros explica que esta Convención considera que: primero, la niñez tiene derecho a cuidados y asistencias especiales; y segundo, reconoce a la familia como elemento básico de la sociedad y medio natural para el crecimiento y bienestar de todos sus miembros, en particular de los niños y niñas, el cual debe darse en un ambiente de felicidad, amor y comprensión. 

Uno de los puntos clave de esta Convención: “es el interés superior del niño y la niña, que constituye en el derecho internacional contemporáneo, el criterio fundamental para valorar la conformidad y la coherencia existente entre la legislación y las prácticas sociales, en relación con las obligaciones adquiridas por los países a través de diversos instrumentos.” 

¿Qué generó la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño? 

La Convención posibilita identificar indicadores básicos para caracterizar, orientar y evaluar el impacto de los programas sociales, que lleven a crear y mantener las condiciones para que todos los niños y niñas sin excepción, disfruten a plenitud su derecho a vivir en un ambiente de afecto y protección, bajo el cuidado y tutela de sus padres, con una identidad reconocida y con un nivel de vida adecuado para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral y social.  

Pero sin duda, añade María Inés Cuadros, “El valor mayor de la Convención es el de considerar a las niñas y niños como sujetos plenos de derechos, concepto del cual se deriva el de protección integral, que en palabras simples quiere decir que todos los niños y niñas tienen derecho a todos los derechos. Y que es obligación del Estado, la sociedad y la familia garantizarlos. No es una concesión, no se trata de una necesidad, se trata de un derecho. Si por diversas circunstancias uno de estos derechos fuera violado, es nuestra obligación como Estado, sociedad y familia su restablecimiento. Las diferencias entre los conceptos y garantías aprobados en la Convención y su cumplimiento real nos indican claramente la necesidad de construir una nueva cultura donde el respeto a los derechos de la niñez sea eje fundamental de la acción familiar, comunitaria y estatal. Donde cada niña y niño sea valorado y reconocido como persona, con necesidades, intereses, percepciones y opiniones propias.” 

 

¿Cuál ha sido la historia de los Derechos de la Niñez? 

Recorramos algunos de los hitos importantes en la historia de los derechos de niñas y niños. 

En 1923 Eglentyne Jebb, fundadora de Save the Children,  planteó como derechos centrales de la niñez los siguientes: 

  • A la niñez se le debe dar los medios que son requisito para su desarrollo normal, tanto material como espiritual. 

  • A las niñas y niños que tengan hambre se les debe alimentar, a los que estén enfermos se les debe ayudar, a los discapacitados igual; a los que cometan algún acto de delincuencia se les debe reformar, a los huérfanos y a quienes sobreviven en la calle se les debe socorrer y dar refugio. 

  • La niñez debe ser la primera en recibir ayuda en tiempos difíciles. 

  • A la niñez se le debe preparar para que sepa ganarse la vida y protegerla contra cualquier tipo de abuso. 

  • A la niñez se le debe criar inculcándole que sus talentos deberán dedicarse al servicio de sus semejantes. 

Estos cinco puntos fueron tomados por la Asamblea General de la Internacional Save the Children Union en ese mismo año, y posteriormente, en 1924, adoptados por la Liga de Naciones, llamándose Declaración de Ginebra. 

Es así que, en 1946, pasada la segunda guerra mundial, los miembros de Save the Children tuvieron una gran reunión y conformaron la International Union for Child Welfare, la cual tomó como una de sus primeras tareas persuadir a la naciente Organización de Naciones Unidas para que retomará la Declaración y la convirtiera en un documento propio. La International Union agregó dos puntos a la Declaración de Ginebra y produjo la Declaración sobre los Derechos de la Niñez en 1948. Pero las Naciones Unidas solo aprobaron un texto en 1959. Esta Declaración incorpora el concepto de interés superior de la niñez. 

Las Declaraciones son enunciados de principios, pero no conllevan obligaciones jurídicas. En 1979 el gobierno de Polonia, con motivo del año Internacional de la Niñez, presentó un anteproyecto de Convención sobre los Derechos de la Niñez. Este anteproyecto no fue aprobado, pero se conformó un grupo de trabajo en el tema. De esta forma y por diez años se analizó, debatió y finalmente aprobó la actual Convención. 

¿Qué dice la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño? 

La convención recoge cuatro principios generales: "No-discriminación (art. 2)"; "Interés superior del niño (art. 3)"; "El derecho a la vida, la supervivencia y el desarrollo (art. 6)"; y "El respeto a las opiniones del niño (art.12), y establece su protección contra una serie de violencias, explotaciones, abandono, trata, en conflictos armados, tortura, privación de libertad, y otras formas de explotación y violencia". 

 
¿Cuál es el contenido de la Convención según los artículos? 

  1. Definición de niño-niña 

  1. No discriminación 

  1. Los intereses superiores de la niñez 

  1. Instrumentación de los Derechos 

  1. Orientación de padres y madres para el desarrollo de las capacidades de la niñez 

  1. Supervivencia y desarrollo 

  1. Nombre y nacionalidad 

  1.  Preservación de la identidad 

  1.  Separación de su padre y-o madre 

  1. Reunificación familiar 

  1. Traslado ilícito y no repatriación 

  1. Opinión de la niña o niño 

  1.  Libertad de expresión 

  1. Libertad de pensamiento, conciencia y religión. 

  1. Libertad de asociación. 

  1. Protección de su privacidad 

  1. Acceso a información apropiada 

  1. Responsabilidad de madres y padres. 

  1. Protección contra abuso y negligencia 

  1. Protección de niñas y niños sin familia 

  1. Adopción 

  1. Niñas y niños refugiados 

  1. Niños y niñas discapacitados 

  1. Salud y servicios para la salud 

  1. Revisión periódica de la custodia estatal 

  1. Asistencia social 

  1. Nivel de vida 

  1. Educación 

  1. Metas de educación 

  1. Niñas y niños de minorías o pueblos indígenas 

  1. Esparcimiento, recreación y actividades culturales. 

  1. Protección contra explotación económica. 

  1. Protección contra drogas 

  1. Explotación sexual 

  1. Venta, tráfico y secuestro 

  1. Otras formas de explotación. 

  1. Tortura y privación de libertad 

  1. Conflictos armados 

  1. Asistencia para la rehabilitación 

  1. Administración de justicia juvenil 

  1. Respeto por las normas existentes 

42 – 54 Instrumentación y entrada en vigor 

 

Asuntos polémicos: 

  • Derechos de niñas y niños nonatos 

  • Derecho a la adopción temporal y permanente 

  • Libertad de religión 

  • Edad mínima para participar en combate armado 

Asuntos ausentes inicialmente: 

  • Protección en contra del “doble riesgo”  

  • Protección DDHH para niñas/os extranjeros. 

  • Protección para víctimas desplazamiento interno forzado. 

  • Protección en contra de la experimentación médica. 

  • Método de revisión de las quejas de niñas y niños cuyos derechos han sido violados.